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Alícuota Ley N° 8474

Informamos nueva alícuota Ley N° 8474. Ejercicio 2021

 

El día 31 de diciembre de 2020 se publicó la Ley N° 15.225 de presupuesto en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, Ejercicio 2021, promulgada por el Decreto N° 1248/2020.

 

El artículo 66 de la mencionada Ley reza:


"ARTÍCULO 66: Establécese que el Fondo Especial para Obras de Gas creado por la Ley N° 8474 y modificatorias, con destino al financiamiento de inversiones en obras de gas, comprensivas de las instalaciones domiciliarias, y el funcionamiento del Sistema Provincial Compensador de la Tarifa de Gas creado por la Ley N° 13126, se financiará en el ejercicio 2021 con el adicional previsto en el artículo 2° de la citada Ley N° 8474 y modificatorias, el que durante dicho ejercicio se establece en el CUATRO POR CIENTO (4%) sobre el valor total facturado por la venta de gas natural y/o licuado, libre de todo gravamen, que se aplicará sobre la totalidad de los/as usuarios/as residenciales de la Provincia de Buenos Aires, con excepción de los consumidores residenciales del Partido de Carmen de Patagones conforme la Ley N° 11791".

 

Consecuentemente, las facturas generadas a partir del 01/01/2021 deberán incluir la alícuota del 4% establecida. en la norma mencionada.

 

En cumplimiento de la Res RESFC-2018-185-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, Litoral Gas informa que el tributo, modificado por Ley de la Provincia de Buenos Aires, recae sobre los usuarios residenciales de gas, siendo esta prestadora designada para proceder al cobro del mismo con el carácter de Agente de Percepción.

 

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